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¿QUIÉNES PODRÁN VOTAR EN MADRID?

Para votar en el centro de votación en Madrid, se requiere estar en el padrón electoral de la circunscripción de esta Oficina Consular: Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura (Cáceres, Toledo, Badajoz, Guadalajara, Ciudad Real, Cuenca y Albacete). Puede consultar su local de votación aquí: https://bit.ly/31iOrtY


Se recalca que un ciudadano que no esté en el padrón electoral de la circunscripción del Consulado en Madrid no podrá votar y que no habrá mesa de transeúntes. Tampoco existe el voto por correo o el voto electrónico.

Asimismo, se precisa que sólo se han considerado en el padrón electoral, los cambios de dirección domiciliaria en el DNI que hayan podido ser procesados por RENIEC antes del 11 de abril de 2020 (fecha de cierre del padrón electoral). Por ello, el método más seguro para saberlo es consultar en el siguiente enlace: https://bit.ly/31iOrtY


Las personas que están registradas en el padrón electoral de Madrid, podrán ubicar su mesa de votación en el siguiente aplicativo: http://www.consultatumesa.com

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